sábado, 7 de mayo de 2011

Salida en falso para defender el matrimonio homosexual

Por favor, Representante Prada, no propicie que una decisión sobre derechos de minorías quede en manos de mayorías.

Con la mejor de las intenciones -espero yo- el Representante a la Cámara por Bogotá Alfonso Prada sugirió un referendo que sería inconstitucional por antidemocrático y discriminatorio. Su salida en falso se debe a que mediante Sentencia C-238 de hace unas semanas la Corte Constitucional se abstuvo –otra vez- de pronunciarse de fondo sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo, pero esta vez exhortando al Congreso a que legisle sobre la materia. El Congreso, por supuesto, mira para otro lado y hace caso omiso. Y no sorprende, pues van más de cinco intentos fallidos en el legislativo, donde reina la homofobia.

Ante este “peloteo” el Congresista –y “muchos otros” según el encabezado de El Espectador- propone abiertamente que el tema se defina por vía de referendo, pues dice que “es necesario convocar al pueblo a que en las urnas defina qué es lo que debemos hacer en esas situaciones tan delicadas”. Pero es inconstitucional, violatorio de los derechos humanos y equivocado conceptualmente intentar conciliar la indiferencia del Congreso y de la Corte proponiendo que sean los ciudadanos quienes tengan la última palabra. Si bien el referendo es el mecanismo de reforma constitucional más participativo, no por eso es el más democrático, y por eso la propuesta es desatinada.

Con frecuencia se oye la idea errada (o al menos absolutamente desactualizada) de que “como esto es una democracia, pues que decida la mayoría!”. O peor aún, “que la democracia es el gobierno de la mayoría”. La regla de mayorías no es más que un mecanismo o procedimiento para tomar decisiones, como lo es el consenso o la imposición. En cambio la democracia es un compromiso constitucional con la observancia obligatoria de un catálogo de derechos intangibles –incluso de las minorías-, lo que limita el actuar institucional y de las decisiones mayoritarias. Y ahí es donde va la inconstitucionalidad de la propuesta.

La comunidad LGBT colombiana ha tenido unos avances importantes en cuanto a igualdad de derechos. Desconocer dichos avances es una discriminación manifiesta, prohibida por la Constitución y la Declaración de la ONU sobre Orientación Sexual e Identidad de Género de 2008 que integró la discriminación por orientación sexual como una violación a los derechos humanos. Pues bien, en la práctica resulta claramente discriminatorio y antidemocrático someter los derechos de una minoría a la decisión de la mayoría. Es innegable que la comunidad homosexual se encuentra en desventaja por su inferioridad numérica para reivindicar sus derechos por vía de un referendo que decidiría una mayoría heterosexual; dicha votación profundizaría y agravaría de facto la discriminación contra los homosexuales.

De manera que le pido respetuosamente, señor Representante, que por favor no insista con la propuesta. Haga uso de su alta investidura para promover que el debate no se desplace a escenarios electorales, y lidere la presión (mediática, si es que toca) para que sea la Corte la que decida. Esta, en tanto órgano que no es de representación sino de control constitucional, es la llamada a garantizar normativamente el goce real de los principios de igualdad, inclusión y diversidad.


diegopardo18@hotmail.com

Twitter: @DiegoPardoA


3 comentarios:

  1. Pese a sus buenas intenciones, su blog es malo e impreciso. No es cierto lo que dice de entrada. En la C-238/01 la Corte se pronunció sobre la porción conyugal de las parejas hetero y gay y se exhortó al congreso a regular el tema de unión marital de hecho de forma ordenada y completa. Jamás se dijo algo ahí sobre matrimonio gay, esa sentencia no ha salid.. Además la noticia de El Espectador es vieja ya, no veo la relación entre una cosa y la otra.

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  2. srubiano, gracias por sus comentarios. Ud tiene razón; efectivamente la C-238 (de 2011 !!) habla sobre la porción conyugal de las parejas hetero y gay. Y tambien es cierto que la sentencia no ha salido, pero el comunicado de prensa # 18 de 2011 SI, y está disponible al público en http://www.avancejuridico.com/actualidad/ultimoscomunicados/C-283-11(D-8112).html . En el se exponen los motivos de la decisión y si lo lee verá que en la parte resolutiva dice que la Corte decide "EXHORTAR al Congreso para que legisle de manera sistemática y ordenada sobre las materias relacionadas con las uniones maritales de hecho Y LAS PAREJAS DEL MISMO SEXO."
    Obvio que no dice nada del matrimonio, pues no se planteó en la demanda, pero es claro que una de las "materias relacionadas con las parejas del mismo sexo" es el matrimonio. ¿o para ud el matrimonio no es una institución relevante a la hora de legislar sobre parejas homosexuales??

    Y también tiene razón en que la noticia es vieja. Yo no pretendo dar una chiva, para eso está la prensa. Lo que sí pretendo es que el Congresista al que le di mi voto (entre otras cosas por su posición a favor del matrimonio gay) no insista en un referendo que, ademas de que pienso que es inconstitucional, sería derrotado en las urnas.

    Espero le sirva para ver "la relación entre una cosa y la otra".

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  3. la Corte Constitucional se abstuvo –otra vez- de pronunciarse de fondo sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo, pero esta vez exhortando al Congreso a que legisle sobre la materia. El Congreso ruaf, por supuesto, mira para otro lado y hace caso omiso. Y no sorprende, pues van más de cinco intentos fallidos en el legislativo, donde reina la homofobia.

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